Cuando como clientes nos encontramos con un problema con una determinada enseña se nos abran una serie de caminos para reclamar nuestros derechos, y por supuesto en el mundo de los seguros también es así. Y más allá de todo el camino administrativo y legal que podemos recorrer, existe un camino a veces más corto y fácil para llegar a la solución pero menos conocido: el arbitraje.
El arbitraje es un mecanismo de mediación que tiene mucha utilidad por ejemplo para resolver muchos de nuestros problemas como consumidores, pero que incluso trasciende a estos ámbitos y podemos hablar de arbitraje en otro tipo de conflictos, como por ejemplo los laborales o incluso los de carácter más personal, como pueden ser el divorcio.
Y es que el arbitraje no es nada más que un mediador neutral entre las dos partes, que mediante toda la información y todo lo que conoce del caso dicta una resolución que deberá ser acatada por las partes.
Cabe decir que el arbitraje es una excelente forma de agilizar los procesos, hacerlos más fáciles y no entrar en engorrosos y costosos trámites administrativos (o peor aún, en procesos legales) que se demoran eternamente y que pueden ser evitadas con este sistema, pero tiene sus limitaciones. El arbitraje no es en ningún caso un sustituto de los tribunales, y en consecuencia no tiene la fuerza que recae en ellos, en todo caso es un complemento que facilita el acuerdo, la “entente” entre las partes.
Pero para que este acuerdo se produzca tiene que existir voluntad positiva entre las partes, pues si bien el laudo, el dictamen o la resolución que dicta el arbitraje puede ser vinculante y de obligado cumplimiento, para llegar a ella tendrá que haber existido la voluntad de ambas partes de someterse a la disciplina de lo que dicte el ente mediador. Y es que hemos de tener muy presente que la mediación es una opción plenamente voluntaria para las partes y no puede obligarse a ninguna a someterse a ella.