Habitualmente las compañías aseguradoras con las que tenemos contratadas las pólizas de seguros nos recuerdan con suficiente antelación nuestra próxima caducidad de la póliza y la renovación (o no) de la misma, y del mismo modo que si deseamos darnos de baja hemos de estar atentos a que esto se produzca, si queremos seguir con la póliza también debemos prestar atención.
Es decir, que comúnmente la compañía aseguradora o nuestro corredor de seguros nos informe al respecto no significa que no pueda existir un error y que no lo haga, que no nos llegue o una situación similar. Y no nos olvidemos que es nuestra obligación pagar y tenerlo todo al día, que la compañía pueda avisarnos no significa indefectiblemente que deba avisarnos, así que si no lo hace y no nos damos cuenta la responsabilidad será nuestra.
Y esto que puede quedar en pura anécdota puede tornarse un auténtico drama, si desde el vencimiento de la póliza, hasta que nos damos cuenta de ello y pagamos el recibo correspondiente subsanando el error nos ocurre algún siniestro. Si es así, podemos tener graves problemas.
Repetimos que no es habitual y que comúnmente la póliza se renueva automáticamente y tenemos los pagos domiciliados por lo que no hemos de preocuparnos al respecto, pero tengámoslo presente, pues en caso de que no se nos renueve la póliza porque el banco por cualquier motivo devuelve el recibo o algo similar, como hemos dicho anteriormente nos podemos encontrar en una delicada situación.
Y nos podemos encontrar en una delicada situación, pues aunque puede ser que en algunos casos nos den un periodo de gracia para la renovación (caso típico de los treinta días en los seguros de automóvil), no siempre es así, y puede que en muchos casos se haya cancelado la póliza o bien que como mínimo las prestaciones y coberturas estén suspendidas. Que si bien técnicamente no es lo mismo (pues en este caso podremos reactivar la póliza en lugar de hacer una nueva), para el caso que nos atañe en la práctica es lo mismo pues no estaremos cubiertos.