La opción de capital diferido es una de las opciones más aceptadas por las entidades bancarias a la hora de rebajar la cuota mensual, junto con los períodos de carencia, con la diferencia fundamental de que estos últimos sólo tienen efecto durante un período de tiempo determinado, mientras que la primera permanece durante todo el tiempo restante de vida del préstamo hipotecario.
Como su propio nombre indica, el concepto de capital diferido se fundamenta en diferir el capital, o al menos, una parte de él. El máximo permitido por ley es del 40%, de forma que se aplaza este porcentaje para la última cuota, y se calculan las cuotas mensuales hasta entonces sobre el 60% del capital restante, con lo que lo que se paga mes a mes es mucho más bajo.
Así, si a la hipoteca le quedan 20 años de amortización y el capital pendiente asciende a 100.000 euros, al utilizar la figura del capital diferido los titulares de la hipoteca tendrán que abonar su cuota mensual en función de 60.000 euros y no de 100.000 euros, con el ahorro que ello supone.
Ahora bien, eligiendo el capital diferido como opción de rebaja de cuota mensual llega el momento de tener que abonar la última cuota cuando el plazo de amortización llega a su fin (en el ejemplo que hemos puesto anteriormente 40.000 euros), lo cuál se puede realizar en un pago o bien se puede negociar con la entidad bancaria.
Lo más habitual es que la entidad bancaria acceda a realizar una novación, es decir una nueva hipoteca, por la cantidad pendiente para esa última cuota, con lo que, de nuevo, el titular de la hipoteca que optó por utilizar el capital diferido seguirá pagando una cuota rebajada.
Se trata, por tanto, de una opción más que interesante a la hora de afrontar momentos de falta de liquidez coyunturales y una manera de permitirse seguir pagando la cuota sin problemas. No todas las entidades, sin embargo, aceptan el capital diferido y es una cuestión que debe de negociarse con cada una de ellas.
En cualquier caso, el capital diferido es una opción más que interesante.