Ventajas: El titular tiene derecho a una deducción del 15% de las cantidades aportadas cada año, con un límite de 9.040 euros, siempre que los ingresos procedan de rentas generadas en el ejercicio, se destinen a la adquisición o rehabilitación de la primera vivienda habitual y la antigüedad de la cuenta no supere los 4 años.
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Libreta destinada a la constitución de un saldo para comprar una vivienda.