Normalmente cuando hablamos de términos legales o de la legislación aplicable a los seguros lo hacemos con una jerga o con una explicación que si bien puede resultar comprensible para muchos de los lectores, a veces puede escapar del tono coloquial que en un momento determinado quien lo lee puede precisar para entender algún aspecto relacionado con sus seguros, hoy vamos a verlo distinto.
Hoy vamos a enfocarlo desde un modo práctico del como un usuario (que se encuentre atado a unas cláusulas claramente abusivas o desfavorables, o bien a un contrato draconiano) tiene que hacer para resolverlo, pero sin entrar dentro de la legislación que le aplica, sólo entrando en lo llano de las acciones a realizar.
Primero de todo decir, que una cosa es que el contrato no nos guste o que por no leérnoslo hayamos firmado algo que nos perjudica y otra cosa es que sea ilegal. Es decir, es clave que sepamos lo que firmamos, aunque en todo caso, si después nos damos cuenta de que no nos conviene lo contratado siempre podremos acogernos en la forma y fondo legal establecido al derecho de desistimiento.
Ahora bien, si es manifiesto que lo firmado no es que no lo comprendamos o que lo hayamos comprendido mal sino que es fraudulento en sí mismo, sólo nos queda una opción: solicitar la anulación de la cláusula en cuestión o incluso la resolución del mismo si la modificación de la cláusula o las cláusulas en cuestión lo torna indisputable o modifica la esencia misma del contrato firmado.
Decir que por supuesto nosotros por nuestra cuenta no podremos resolverlo, deberemos seguir los pasos legales establecidos, hasta llegar a la justicia ordinaria de no ser posible resolverlo por otros medios. Ahora bien una secuencia lógica es la siguiente:
Contactar de forma informal con la compañía para solucionar el tema, en caso de no solucionarse se pasaría al siguiente paso.
Remitir un Burofax con acuse de recibo a la compañía aseguradora para que nos de respuesta
Acudir al organismo de defensa del usuario de la misma compañía de seguros
Denunciar el caso ante la dirección general de seguros, organismos de consumidores o acudir al arbitraje si nos es posible
Acudir a la justicia ordinaria
Con todo ello vemos un paso claro y secuenciado de cómo deberemos actuar en caso de controversia con el contrato firmado. Entendiendo siempre que la solución pactada es a priori el mejor pacto posible.