Depósitos y Cuentas Remuneradas como Cuentas Vivienda

viviendaTodos pensamos que es necesario abrir una Cuenta Vivienda en cualquier banco para poder desgravar a la hora de comprar una casa o reformarla.

Sin embargo podemos utilizar cualquier producto bancario para este fin y no únicamente las Cuentas Vivienda.

Cómo ya sabéis estas cuentas llevan asociada una rentabilidad bastante menor a la que obtenemos con otros productos de ahorro, hecho que aprovechan los bancos. El máximo que cualquier entidad ofrece ahora mismo para estas cuentas está en torno al 3% TAE por lo que podemos aprovechar y contratar otro tipo de depósitos o cuentas remuneradas con una rentabilidad que dobla a la anterior.

La única restricción que nos encontramos aquí es que la totalidad del dinero que movamos entre depósitos y cuentas remuneradas debe estar destinado a la compra o reforma de una vivienda. No se acepta ningún tipo de domiciliación de recibos ni el destinar ese dinero a otros fines diferentes a los ya expuestos. Si cumplimos todo esto podremos deducirnos un 15% de las cantidades aportadas con un máximo anual de 9.015 €, por lo que el máximo deducible sería de 1.352,28 € cada año.

A este respecto podéis consultar la siguiente sentencia judicial que aparece en el Ministerio de Economía y Hacienda.

One Response to “Depósitos y Cuentas Remuneradas como Cuentas Vivienda”

  1. David Hernán Gascueña

    Creo que la cuenta vivienda es una opción ahora muy interesante, teniendo en cuenta que ahora sí es mejor agotar el plazo de la misma y esperar ya que la rentabilidad es mayor porque el valor de los pisos se deprecia. Además el horizonte temporal ha aumentado ya que el Gobierno ha ampliado a 6 años la obligación de comprar la vivienda (o devolver todo lo que no hemos pagado a Hacienda). SUpongo (espero) que en menos de 6 años la situación financiera y el valor de los pisos haya tenido tiempo de estabilizarse, por lo que habría que en buscar ese momento en el que toquen fondo los pisos para invertir.
    Por otro lado, por complementar el artículo (ahora que vienen las navidades), antes del 31 de diciembre los pagadores de hipotecas que paguen al año menos de 9000€, pueden hacer una disminución de su deuda (pagándole a su banco) hasta completar esa cifra para desgravarse el máximo. Es decir, podrían «dejar de pagar a Hacienda» el 15% de lo aportado adicionalmente.
    Un saludo

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