Si tenemos cualquier seguro contratado, o bien si disponemos de una variedad de seguros contratados (como comúnmente suele suceder), bien haremos en apuntarnos en el calendario las fechas de renovación de los mismos, o como mínimo de tenerlas presentes para evitar sustos posteriores. Pero no es solo en el ámbito estricto de acordarnos del vencimiento para que no nos caduque lo único que nos debe de importar de la fecha de la renovación de las pólizas.
Primero cabe decir que en la mayoría de casos, esta recomendación realizada con anterioridad de apuntarnos en el calendario la fecha de renovación periódica de nuestras pólizas de seguro puede resultar innecesaria, pues habitualmente las pólizas se renuevan tácitamente (es decir, automáticamente) y es habitual que la misma aseguradora o nuestro corredor se encarguen previamente de informarnos. Pero así y todo existen como se ha dicho muchos otros motivos para tener presente las fechas de renovación.
Obviamente no en todos los casos serán aplicables todos estos motivos ni lo serán en la misma forma, es más incluso en algunos determinados tipos de seguros no existe renovación periódica, y son simplemente a prima única o de un periodo determinado sin más, pero por lo general no es así.
Por la general tener presente que un seguro nos va a vencer o no puede tener múltiples utilidades, pero para exponerlo muy resumidamente decir que tiene básicamente dos: la revalorización o las condiciones particulares del mismo, y la posibilidad de cambiarnos de compañía.
Por una parte es justo antes de la renovación de la póliza cuando deberemos determinar si la misma se revaloriza de valor (en muchos casos tenemos que pensar que esa opción por defecto es automática) o no, y también es en ese momento cuando vencerá el contrato y podremos irnos a otra compañía si nos interesa, ¡pero cuidado!, en todo ello no basta esperar al último día que nos vence el seguro, existen unos tiempos de preaviso establecidos en cada póliza que debemos conocer y actuar en consecuencia.