Con la salud no se juega. Esta máxima conocida por todos, debe de ser aplicada a rajatabla en todos los ámbitos de nuestra vida. También en aquellos casos en los que vayamos a contratar un seguro de salud, bien sea de carácter general, o bien sea por ejemplo en los casos de seguros de salud dentro de seguros de asistencia en viaje.
Sea cual sea el motivo del seguro, pero especialmente si nos encontramos fuera del territorio español (y no tenemos cobertura directa y universal de la sanidad pública), es muy importante que sepamos en que supuestos no estaremos cubiertos en caso de padecer alguna enfermedad.
Es de destacar, que en el marco de la Unión Europea, si que podemos estar cubiertos por las prestaciones de los distintos sistemas nacionales de sanidad públicos, al ser nosotros ciudadanos de la Unión. Ahora bien, hemos de tener presente que en algunos casos (si no cotizamos, etc.), no aplique que nos concedan dicho beneficio.
Pero no es de ello de lo que pretende tratar este artículo, este artículo pretende enfocarse hacia concretamente un término legal que incluyen los seguros de salud, y muy específicamente los seguros de asistencia en viaje con cobertura de salud, y que da lugar a mucha controversia, es el caso del termino de incluir dentro de las coberturas de dichas pólizas el concepto de “enfermedad sobrevenida”,
Con ello (si nos centramos en las pólizas de asistencia en viaje) nos quieren decir que si la causa de que nosotros requiramos de asistencia sanitaria es por una enfermedad o afección, o concretamente y tal y como se define en muchas definiciones de estas compañías por una “alteración del estado de salud”, que se nos produce a lo largo del transcurso del viaje, y no estando esta diagnosticada con anterioridad, estaremos cubiertos. Pero en el caso de que esta “alteración del estado de salud” venga derivado de una enfermedad preexistente y diagnosticada con anterioridad, entonces no nos entrará dentro del marco de cobertura de la póliza de seguro de viajes con cobertura de salud.
Por ultimo decir que si esta “alteración del estado de salud” del asegurado, se produce a causa de cualquier tipo de accidente que este sufra en el transcurso del viaje, entonces si que estará siempre cubierto por la póliza de seguro.