Los bancos últimamente no ganan para sustos, especialmente el Banco Sabadell, que ya había recibido cinco anteriores, y que ahora tiene el dudoso honro de ser el primer banco que recibe una sentencia en su contra por la aplicación de la cláusula swap en este año 2011.
Como ya hemos explicado en otras ocasiones las cláusulas swap son cláusulas de cobertura ante el riesgo que se suelen utilizar en operaciones financieras especulativas, pero que los bancos y cajas comenzaron a utilizar en sus productos hipotecarios en los momentos de mayor subida del Euribor, aunque sin explicar de manera adecuada su funcionamiento.
De ahí que los juzgados están considerando, de manera mayoritaria, esta cláusula como abusiva, ya que protege de las subidas, pero sólo hasta cierto punto y desde un tipo de interés ya de por sí elevado, pero no tiene límite en las bajadas, es decir, en aquellos momentos en los que es el titular de la hipoteca el que debe de pagar al banco.
Concretamente, en la última sentencia que se ha dado en Zaragoza, un corredor de seguros, con una hipoteca de 840.000 euros, firmó un swap que protegía sólo hasta el 4.75%, porque a partir de ese valor la cobertura se desactivaba y sólo cubría el 0.15%, ahora bien, cuando la cobertura tenía que proteger al banco, y no al cliente, es decir, cuando cubría el descenso del Euribor no había suelo, con lo que no había límite en lo que el cliente debía de abonar a su entidad.
El sentido común, y así lo han sentenciado los juzgados, nos dice que se trata de una cláusula abusiva ya que sólo protege a una de las partes, el banco, mientras que deja en situación de desamparo a la otra, el cliente. Y es que las cláusulas swap, que pueden ser utilizadas de manera moderada siempre y cuando se estipulen límites claros y justos, fueron introducidas por las entidades financieras ocultando información a sus clientes.
Sin embargo, ante esta avalancha de sentencias en contra que están recibiendo, el mercado financiero español está desistiendo de su utilización, buscando otras alternativas a las cláusulas swap.